Mora en el pago de un sobregiro puede producir la cancelación de la cuenta corriente y reporte negativo en los bancos de datos (3:15 p.m.)
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04 de Abril de 2012
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El incumplimiento de las obligaciones de un titular de cuenta corriente, como es la mora en el pago de un sobregiro, puede conllevar a la cancelación de la cuenta por parte de la entidad bancaria y el reporte de un dato negativo a los operadores de bancos de datos, señaló la Superintendencia Financiera, en oficio de febrero. En todo caso, señaló la entidad, si la conducta de la entidad bancaria no se ajusta a los parámetros legalmente establecidos, el interesado puede formular la reclamación ante el defensor del consumidor financiero de la respectiva entidad bancaria, indicando la razón social y aportando la evidencia documental que la fundamente, si la hay.
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