Mercantil
Gobierno crea crédito de consumo de bajo monto
22 de Diciembre de 2014
Con el fin de promover la democratización del crédito y la inclusión financiera, el Ministerio de Hacienda, a través del Decreto 2654 del pasado 17 de diciembre, creó el crédito de consumo de bajo monto para personas naturales.
La cuantía máxima de dicha operación será de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y podrá pagarse durante un plazo de 36 meses, indica la nueva norma.
Sin embargo, el crédito no puede tener carácter rotativo, ni ser ofrecido mediante tarjetas de crédito. Además, el saldo en el sistema financiero para cada titular en ningún momento podrá superar los dos SMLMV.
La norma advierte que las entidades financieras deberán contar con un proceso de otorgamiento y seguimiento específico y reportar la información sobre los deudores en las bases de datos de las centrales de riesgo.
En cuanto a la tasa de interés, con el fin de recoger las particularidades de la población que se busca atender a través de este tipo de crédito, se establece una certificación independiente a las categorías de microcrédito y crédito ordinario, de tal forma que la tasa certificada no genere una exclusión de los posibles beneficiarios.
En tal sentido, mediante la Resolución 2259, la Superintendencia Financiera certificó la tasa de interés bancario corriente que aplicará para este crédito hasta septiembre de 2015, la cual será de 31,96 %, con lo cual la tasa de usura aplicable será del 47,94 .
Cabe resaltar que el nuevo decreto rige a partir de su publicación y adiciona el Decreto 2555 del 2010.
(Ministerio de Hacienda, Decreto 2654, dic. 17/14)
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