Gastos de cobranza por incurrir en mora se considera práctica abusiva si no hay una gestión de cartera (10:35 a.m.)
19 de Julio de 2012
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Nota:
82100
El cobro que se traslada al consumidor financiero por concepto de gastos de cobranza debe implicar el despliegue de una actividad real que se dirija efectivamente a la recuperación de cartera y su monto debe ser previamente informado al deudor, precisó la Superintendencia Financiera. Así las cosas, se considera práctica abusiva el cobro automático por gastos de cobranza, es decir, por el simple hecho de incurrir en mora o sin mediar alguna gestión tendiente al recaudo de la obligación.
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