13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Facultad para que el Gobierno definiera sanciones a instituciones financieras perdió fuerza ejecutoria con la Sentencia C-1161 del 2000 (4:14 p.m.)

31 de Agosto de 2012

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Nota:
82695
El artículo 14 del Decreto 673 de 1994 señaló que la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera) impondría una multa por los defectos en que incurrieran los establecimientos de crédito en el patrimonio técnico necesario para el cumplimiento de la relación de solvencia. El Consejo de Estado recordó que esta norma perdió fuerza ejecutoria con la Sentencia C-1161 del 2000, en la que se declaró inexequible el artículo 52 del Decreto 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), toda vez que es en desarrollo de esta norma que se expidió el Decreto 673. En esa medida, concluyó que la conducta constitutiva de infracción en aplicación del artículo 52 no debía ser sancionada como lo previó el artículo 14, pues ni el primero ni el segundo estaban produciendo efecto legal alguno. Por último, advirtió que las normas derogadas por el Decreto 673 no podían revivirse, pues la declaratoria de inexequibilidad fue ajena a ese tema (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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