Estas son las instrucciones para los formadores de liquidez del mercado de valores (3:28 p.m.)
02 de Septiembre de 2013
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Nota:
90810
La Superintendencia Financiera impartió instrucciones sobre las condiciones y requisitos que deben cumplir las sociedades comisionistas de bolsa de valores para el desarrollo de actividades relacionadas con formadores de liquidez, emisores de valores, bolsas de valores, administradores de sistemas de negociación de valores y organismos de autorregulación del mercado. Para tal efecto, adicionó el Capítulo XI al Título X de la Circular Básica Jurídica. En el mencionado capítulo, indica que además de las obligaciones generales ya establecidas y de las que le resulten aplicables en su condición de intermediario de valores, el formador de liquidez deberá anunciar al público en general su condición y los valores objeto de dicha actividad, así como el mecanismo a través del cual desarrolla las actuaciones y operaciones. En cuanto a las prohibiciones aplicables, señala la de comprometerse de manera directa o indirecta con el emisor o con cualquier tercero a obtener un determinado precio o tasa del valor a través de las operaciones que realice y la de desarrollar su actividad como formador de liquidez del valor para el cual participe como colocador en una oferta pública de valores.
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