Establecen nuevas condiciones para la calificación de inversionistas nacionales por parte del Emisor (3:41 p.m.)
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20 de Septiembre de 2011
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Las personas naturales no residentes que le soliciten al Banco de la República la calificación de inversionistas nacionales deberán tramitar simultáneamente la cancelación del registro de inversión extranjera, mediante comunicación que incluya la información prevista en la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 (Manual de Cambios Internacionales), que acaba de modificar ese organismo. En consecuencia, el efecto de dicha calificación será la cancelación de las inversiones extranjeras que a la fecha estén registradas, precisa la nueva disposición.
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