Esta sería la reglamentación del reporte de información cambiaria que debe ser presentado a la Dian
18 de Junio de 2021
Nuevamente, la Dian publicó un proyecto de norma con el cual definiría el contenido y adoptaría las características técnicas de la información cambiaria y de los informes de endeudamiento externo que deben ser presentados a la entidad por los intermediarios del mercado cambiario, los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos y los titulares de cuentas de compensación y los plazos para su entrega. La entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto hasta el 1º de julio del 2021, a través del buzón: subdir_control_cambiario@dian.gov.co. La entidad advierte que este buzón es de uso exclusivo para recibir comentarios al proyecto de resolución y pide abstenerse de enviar comunicaciones diferentes. Una vez vencido el término de publicación previsto no se recibirán comentarios.
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