Errores o datos incompletos en el reporte de operaciones por cuentas de compensación no siempre es infracción cambiaria (3:24 p.m.)
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27 de Marzo de 2015
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De acuerdo con lo previsto en el Decreto 2245 del 2011 (régimen procedimental y sancionatorio cambiario), los errores o datos incompletos en el reporte de operaciones efectuadas a través de cuentas de compensación que debe presentarte o transmitirse al Banco de la República no son infracción cambiaria, siempre y cuando la entidad de control pueda establecer que se trató de errores en la consolidación de la información o en la transcripción, luego de analizar de manera integral las declaraciones de cambio presentadas por su titular y la información adicional que soporten las operaciones efectuadas durante el periodo correspondiente. Así lo señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de enero.
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