Entidades públicas no pueden contratar seguros en el exterior, en el marco de acuerdos comerciales (2:25 p.m.)
02 de Octubre de 2012
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Nota:
84616
Si bien el documento guía de contratación pública, que entra a regir en julio del 2013, prohíbe a las entidades públicas contratar seguros con compañías aseguradoras del exterior, en el marco de acuerdos comerciales negociados por Colombia, la restricción del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero se mantiene, por lo que no se permite a persona alguna celebrar en el territorio nacional operaciones de seguros con entidades extranjeras no autorizadas para desarrollar la actividad aseguradora en el país. Así lo precisó la Superintendencia Financiera, en oficio de agosto.
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