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Entidades financieras deben publicar tarifas de productos y servicios y modelos de contratos

18 de Abril de 2011

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Nota:
28791

Las entidades financieras tienen la obligación de remitirle a la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) los precios de todos los productos y servicios que ofrecen y divulgarlos de manera permanente a través de sus oficinas, los cajeros electrónicos y la página de internet.

 

Además, deben publicar en su sitio web los textos de los modelos de los contratos estandarizados que emplean para los distintos productos, con el fin de que sus clientes y usuarios los conozcan.

 

Mediante la Carta Circular 38 del pasado 14 de marzo, el organismo hizo un llamado al cumplimiento de estas obligaciones, contenidas en la Ley 1328 del 2009 (reforma financiera).

 

Otra obligación de estas entidades es informarle al público acerca de la figura del defensor del consumidor financiero y habilitar, en su página de internet, un enlace al sitio de la Superfinanciera que está dedicado al consumidor.

 

Las entidades que no han completado el trámite de posesión de los defensores deben adoptar las medidas necesarias para ello e informar la fecha y la ruta en la que estará disponible la información mencionada, que debe ser claramente suministrada al público.

 

Por medio de la Carta Circular 37, la Superfinanciera también les solicitó a las aseguradoras, los corredores de seguros y las sociedades de capitalización el envío de un reporte sobre el estado de implementación del sistema de atención al consumidor financiero (SAC), a más tardar, el próximo 11 de mayo.

 

Cabe recordar que desde el pasado 1° de enero, las entidades deben tener en funcionamiento el SAC, en los términos de la Circular Externa 15 del 2010.

 

(Superfinanciera, Cartas Circulares 37 y 38, abr. 14/11)

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