Empleadores del sector privado pueden establecer los criterios de selección laboral que estimen convenientes
07 de Abril de 2020
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Aunque el trabajo es un derecho constitucionalmente protegido que tiene toda persona, no existe disposición normativa que obligue al empleador para aceptar a todos los trabajadores que apliquen a una oferta laboral. En esa medida, indicó el Ministerio del Trabajo, los empleadores están en la libertad de establecer los criterios de selección que estimen convenientes, sin que existan para el sector privado parámetros taxativos que enmarquen su decisión de vinculación, razón por la cual quedará a su arbitrio establecer si dentro de los requisitos incluye el estudio de antecedentes disciplinarios o que no exista un reporte en centrales de riesgo. No obstante, aclaró la entidad, en la legislación laboral colombiana no existe regulación o requisito relacionado con que para acceder a un trabajo no se deba estar reportado en estas centrales. Los requisitos de selección deben ser razonables, no violar el derecho a la igualdad ni fijar de forma implícita o explícita discriminación o preferencia alguna, precisó la entidad.
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