Emisor hace ajustes en el Manual de cambios internacionales (2:55 p.m.)
04 de Octubre de 2017
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Nota:
57500
"El Banco de la República modificó la Circular Reglamentaria Externa DCIN- 83 del 2011, norma que adoptó el Manual de cambios internacionales y que regula las operaciones de cambio. Así, indica que los residentes podrán comprar y vender de manera profesional divisas en efectivo y cheques de viajero (en adelante profesionales de cambio), previa inscripción en el registro mercantil y en el registro de profesionales de cambio que establezca la Dian, conforme a los requisitos y condiciones que señale esa entidad. En las operaciones cuyo pago en moneda legal colombiana se realice en efectivo y/o mediante cheque, los profesionales de cambio están obligados a exigir a sus clientes en cada una de las operaciones una declaración de cambio en original y copia que contenga, como mínimo, la información prevista en el Formulario 18 - ""Declaración de cambio por compra y venta de manera profesional de divisas en efectivo y cheques de viajero”. Entre otras cosas, define reglas especiales de los profesionales ubicados en ciudades de frontera. Así mismo, determina que deberán informar las operaciones de compra y venta que se realicen de manera individual o múltiple con una misma persona natural o jurídica, conforme a lo que establezca la UIAF (Resolución 59 del 2013). "
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