Emisor aclara el reglamento de las operaciones de derivados (4:10 p.m.)
20 de Enero de 2011
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Nota:
70677
Mediante la Circular Reglamentaria Externa DODM-144 del 19 de enero, el Banco de la República realizó una serie de modificaciones y precisiones al reglamento de las operaciones de derivados. La norma aclara que los residentes pueden compensar y liquidar operaciones en una cámara de riesgo central de contraparte (CRCC), siempre y cuando así lo estipule el contrato marco o en los documentos que establezca para el efecto el reglamento de la respectiva CRCC y/o en los reglamentos de los respectivos sistemas de negociación de valores o bolsas, según el caso, y no esté prohibido en su régimen normativo especial.
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