Desembolsos de créditos de los fondos mutuos de inversión no están exentos del gravamen a los movimientos financieros (1:41 p.m.)
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03 de Agosto de 2011
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Teniendo en cuenta que la exención del gravamen a los movimientos financieros prevista en el Decreto 660 del 2011, respecto a los desembolsos de créditos, dispone expresamente que estos deben ser efectuados por establecimientos de crédito, cooperativas con actividad financiera o cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por las superintendencias Financiera o de Economía Solidaria, los desembolsos de los fondos mutuos de inversión no están amparados, pues dichos fondos no corresponden a ninguna de las categorías mencionadas, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En este caso, al no estar exonerada la operación, la retención del gravamen debe efectuarla el establecimiento de crédito donde está la cuenta de la cual se disponen los recursos, indicó la entidad.
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