Mercantil
Conozca cómo funciona el negocio de las libranzas en Colombia
03 de Febrero de 2017
La alianza entre las superintendencias Financiera, de Sociedades y de la Economía Solidaria tuvo como resultado una cartilla explicativa sobre el manejo de las libranzas en el país.
La publicación explica cómo se puede adquirir un crédito de libranza y cuáles son los derechos del cliente. También habla de las responsabilidades de quienes compran la cartera de operaciones de libranza y sus obligaciones.
Estos son algunos de los aspectos más relevantes:
Para empezar, la definición de libranza es “la autorización que le da el asalariado o pensionado a su empleador o entidad pagadora para que realice un descuento de su salario o pensión con el objeto de que el mismo sea girado a favor de las entidades operadoras para atender los productos, bienes y servicios objeto de libranza”.
Pueden otorgar créditos de libranza, además de los establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Financiera, los patrimonios autónomos conformados en desarrollo de un contrato de fiducia mercantil, las sociedades comerciales, cooperativas, precoperativas, las cajas de compensación, los fondos de empleados, los institutos de fomento y desarrollo (Infis) y las sociedades o asociaciones mutuales.
Las condiciones de la libranza
Si usted solicitó un crédito de libranza es importante que tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Que en ningún caso la tasa de interés correspondiente a los productos y servicios objeto de libranza supere la tasa máxima permitida legalmente.
- Dicha tasa de interés solo puede modificarse en determinados eventos y con la expresa autorización del beneficiario.
- Que la libranza se efectúe siempre y cuando el asalariado o pensionado no reciba menos del 50 % del neto de su salario o pensión.
Cabe resaltar que el solicitante tiene una serie de derechos, como el de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad operadora para efectuar operaciones de libranza, así como aquella a través de la cual se realiza el pago de su nómina, honorarios o pensión, y el de estar protegidos por las normas de protección al consumidor que le sean aplicables, entre otros.
En cuanto a las obligaciones de los establecimientos en donde se solicita el crédito, está la de informar al usuario el monto de la cuota, la tasa de interés, el número de cuotas periódicas en que se realizará el pago y la tasa de interés moratorio, en caso de incumplimiento.
A quién puede acudir si le fueron quebrantados sus derechos
Las personas a las cuales se les hayan quebrantado sus derechos, podrán quejarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio (www.sic.gov.co, al correo electrónico contactenos@sic.gov.co) o ante la Superintendencia Financiera (www.superfinanciera.gov.co, al correo super@superfinanciera.gov.co).
Las obligaciones de las entidades operadoras de libranzas
Por otra parte, conocer las obligaciones que tienen las entidades operadoras con los usuarios hace parte del derecho integral de los clientes, estas son algunas:
- Respetar los derechos de los beneficiarios y las condiciones descritas.
- Tener en cuenta la capacidad de endeudamiento del solicitante.
- Asumir la responsabilidad de evaluar con el empleador el monto del descuento directo compuesto por el capital y la tasa de interés pactada. Este monto no debe superar el 50 % del salario neto o pensión después de los descuentos de ley.
En la explicación se nombraron las obligaciones de los empleadores o entidades pagadoras, y se resolvieron preguntas frecuentes relacionadas con el cambio de empleo del beneficiario y la vigilancia de las entidades operadoras de libranzas.
También se definió el concepto de Runeol como “la anotación electrónica que realizan las Cámaras de Comercio de manera virtual, con el fin de permitir a cualquier persona consultar el registro de las entidades operadoras y administradoras de libranzas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley”.
Para los compradores de cartera de libranza
El segundo aspecto clave de la cartilla corresponde a la información detallada y explicativa para los inversionistas que desean comprar la cartera de libranzas.
Los inversionistas podrán encontrar la información básica, desde la explicación sobre la venta de pagarés de libranza y los aspectos a tener en cuenta de acuerdo a la ley.
En este sentido vale la pena mencionar que desde la expedición del Decreto 1348 del 2016 la entidad operadora de libranza y/o vendedor está obligado a trasladar el término pactado, o a falta de ello, en un mes, las sumas correspondientes al pago total o parcial anticipado del crédito libranza que hayan sido pagadas por el deudor o por un tercero. La norma también le prohíbe reemplazar por otro el crédito de libranza parcial o totalmente pagado anticipadamente, ni siquiera a cargo del mismo deudor, a menos que así se haya estipulado expresamente entre las partes. En caso que el pagaré se encuentre en custodia de su comprador, el vendedor debe solicitarle su devolución para la cancelación respectiva. (Lea: Así van los ajustes a la regulación de créditos de libranza)
Obligaciones de las entidades operadoras con respecto al comprador de cartera
Como comprador de cartera de libranza es necesario que conozca las obligaciones de las entidades al momento de realizar la venta, estas son algunas de ellas:
- Informar con exactitud las operaciones de libranza objeto de la venta, con indicación de su fecha de celebración, identificación del deudor (nombre completo, documento de identificación y domicilio), el número de título valor, la entidad pagadora, la entidad operadora de libranza, el saldo de capital a la fecha de venta, la tasa de interés efectiva.
- Indicarle el lugar en dónde se encuentran custodiados los pagarés y el procedimiento de acceso a los mismos en casos de incumplimiento.
- Informarle si existe o no un mecanismo de recaudo y pagos, como un negocio fiduciario, y su rol en la transacción.
De igual forma, la Superintendencia de Sociedades brindó información sobre lo que debe tener en cuenta el inversionista antes de comprar los pagarés de libranza, las obligaciones de quién vende libranzas y los teléfonos de contacto de las superintendencias de Sociedades, Financiera y de Industria y Comercio. (Lea: Comisiones de entidades públicas por el cobro de libranzas están gravadas con IVA)
Superintendencia de Sociedades, Ene. 30/17
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