Banrepública reduce tasas de interés remuneratorio para vivienda (11:48 a.m.)
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02 de Mayo de 2012
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El Banco de la República, en la Resolución Externa 3 del pasado 30 de abril, redujo las tasas máximas de interés remuneratorio aplicables para la financiación de vivienda individual de largo plazo, proyectos de construcción y de vivienda de interés social, así como de los contratos y operaciones de leasing habitacional, denominados en UVR o en moneda legal. De acuerdo con la disposición, los establecimientos de crédito no podrán cobrar en las cuotas que se causen a partir de la vigencia de la norma intereses superiores a los límites establecidos. Por ejemplo, la tasa de interés de los créditos de vivienda individual a largo plazo y de los créditos para financiar proyectos de construcción de vivienda denominados en UVR no podrá exceder de 12,4 puntos porcentuales efectivos anuales, adicionales a la UVR. Así mismo, la tasa de interés remuneratorio de los créditos denominados en UVR para financiar la construcción, mejoramiento y adquisición de vivienda de interés social no podrá exceder de 10, 7 puntos porcentuales adicionales a la UVR.
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