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Bancos no pueden negar desembolso de créditos para hacer efectivo subsidio de vivienda

06 de Septiembre de 2012

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Nota:
26073

El derecho a la vivienda digna se puede ver afectado por la decisión de las entidades bancarias de negar, sin justificación, el desembolso de los créditos hipotecarios aprobados y necesarios para hacer efectivo el subsidio de vivienda.

 

La Corte Constitucional recordó que las políticas de vivienda a favor de familias que gozan de especial protección incluye el otorgamiento de subsidios. Por lo tanto, impedir el acceso a ellos puede constituir un retroceso en la garantía de derechos de los más necesitados.

 

Además, advirtió que las normas internas de las entidades financieras encargadas de otorgar los créditos a dicha población vulnerable no pueden ir en contra de los principios del Estado social de derecho.

 

En el fallo, dado a conocer recientemente, el alto tribunal tuteló el derecho a la vivienda digna de una mujer y sus hijos menores y le ordenó a una entidad bancaria iniciar los trámites necesarios para desembolsar el importe del crédito en las condiciones en las que fue aprobado.

 

La entidad demandada se había negado a desembolsar el dinero, argumentando que la accionante estaba reportada en una central de riesgo, pese a que aportó el paz y salvo en el que constaba que ya había pagado la obligación por la cual fue reportada.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-185, mar. 8/12, M. P. María Victoria Calle)

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