Así deben reportar las cajas de compensación recursos en materia de aseguramiento en salud de adición presupuestal (8:00 a.m)
17 de Agosto de 2017
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Nota:
56838
El Ministerio de Salud instruyó a las cajas de compensación familiar (CCF) que administren, participen o hayan operado el aseguramiento de salud en lo relacionado con la identificación y reporte del uso de recursos, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 1837 del 2017. Así, las que tengan recursos del Fosfec no ejecutados al 31 de diciembre del 2016 y decidan utilizarlos en los términos de la norma indicada los deberán identificar y reportar a la Dirección de Financiamiento Sectorial del ministerio, en el formato determinado para tal fin, que hace parte integral de la Circular 0028, especificando si se destinarán al: (i) saneamiento de pasivos con prestadores de servicios de salud, (ii) cumplimiento de condiciones financieras aplicables a las EPS y/o (iii) nuevos proyectos de aseguramiento en salud. El formulario deberá ser remitido en medio físico y magnético (Formato Excel), debidamente diligenciado y firmado por el representante legal, por el contador y el revisor fiscal de la CCF, con copia a la Superintendencia de Salud, a más tardar el 15 de septiembre del 2017.
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