Mercantil
Aseguradoras podrán prestar servicios financieros a través de corresponsales
15 de Enero de 2015
Mediante el Decreto 0034 del 2015, el Gobierno modificó el Decreto 2555 del 2010, en lo relacionado con la prestación de servicios financieros a través de corresponsales.
La nueva norma actualiza las reglas sobre comercialización masiva de seguros a través de la red, intermediarios de seguros y corresponsales, incluyendo a las entidades aseguradoras en el régimen correspondiente a estos últimos.
Así, crea un universo de ramos de seguros que se puedan comercializar por ese canal, que incluye seguros obligatorios de accidentes de tránsito, seguros de exequias, seguros de desempleo, seguros de vida individuales y seguros agrícolas, entre otros.
El decreto también ordena establecer reglas específicas para las exclusiones aplicables a los seguros adquiridos a través de corresponsales, que deberán ser definidas por la Superintendencia Financiera (Superfinanciera); establece, como requisito obligatorio, un procedimiento simple de reclamación, y señala que para los casos de reticencia, se deberán evaluar los cuestionarios establecidos con antelación por la Superfinanciera.
(Ministerio de Hacienda, Decreto 0034, ene. 14/15)
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