29,09% y 50,18%, nuevos topes de usura para créditos de consumo y microcréditos (5:00 p.m.)
30 de Septiembre de 2011
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Nota:
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Mediante la Resolución 1684, la Superintendencia Financiera certificó hoy el interés bancario corriente (IBC) para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19,39% efectivo anual y para la modalidad de microcrédito en 33,45% efectivo anual. La primera regirá hasta el próximo 31 de diciembre y la otra, hasta el 30 de septiembre del 2012. Con base en estas tasas, se calcula el límite para incurrir en el delito de usura, que equivale a una y media veces el IBC. En consecuencia, el interés máximo que se podrá cobrar por un crédito de consumo u ordinario será del 29,09% efectivo anual, en el cuarto trimestre del 2011, y por un microcrédito, del 50,18% efectivo anual, durante el próximo año. Estas tasas son superiores en un 1,14% y un 1,68%, respectivamente, frente al trimestre que hoy finaliza. Dichos topes también se aplican a los intereses remuneratorio y moratorio, en los términos del artículo 884 del Código de Comercio.
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