Fijan lineamientos a cajas de compensación para utilizar recursos de saneamiento y cumplimiento de condiciones financieras de EPS (10:42 a.m.)
02 de Julio de 2015
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Nota:
102426
El Gobierno acaba de establecer los lineamientos para utilizar los recursos que trata el artículo 97 de la Ley 1753 del 2015 (Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018), así como los del numeral 2º del artículo 3° del Decreto 2562 del 2014, y los formatos en los cuales las cajas de compensación familiar (CCF) deben reportar la información relativa a su asignación y utilización. Las cajas que opten por asignar los recursos a que hace referencia el artículo 46 de la Ley 1438 del 2011 en el porcentaje que corresponde a los programas de promoción y prevención en el marco de la estrategia de atención primaria en salud deberán tener en cuenta que se entenderán como pagados efectivamente, y los comprometidos mediante contratos suscritos con anterioridad a la expedición de la Ley 1753 para desarrollar actividades de dichos programas deberán reflejarse en el pago de las deudas derivadas de la atención en salud, priorizando las más antiguas. En cuanto al manejo financiero, la norma indica que la Superintendencia de Salud se encargará de impartir las instrucciones relacionadas con procedimiento que deben aplicar para el manejo de los dineros.
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