Este es el régimen de conglomerados financieros (4:23 p.m.)
21 de Septiembre de 2017
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Nota:
57193
El Gobierno acaba de sancionar la ley que tiene por objeto definir el ámbito de supervisión y regulación de los conglomerados financieros en Colombia. La norma otorga competencia a la Superintendencia Financiera para ejercer vigilancia tanto a los conglomerados financieros como a los holdings y señala los aspectos puntuales. La Superfinanciera podrá ordenar la liquidación forzosa administrativa de un establecimiento de crédito y será la junta directiva de Fogafín la que decida sobre la compra de activos y asunción de pasivos como alternativa al pago del seguro de depósito y, como consecuencia de la misma, la transferencia de los activos y pasivos de dicho establecimiento a uno o más establecimientos de crédito o a un banco puente. El Gobierno reglamentará las facultades conferidas sobre instrumentos de intervención en un plazo de seis meses, por tanto el Título I regirá un semestre después de la expedición de dicha reglamentación. Los títulos II y III rigen a partir de este momento.
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