Este es el fallo de inexequibilidad de los requisitos creados en el Decreto-Ley Antitrámites para validar actas de asambleas (4:45 p.m.)
05 de Diciembre de 2012
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Nota:
85380
La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 1º del Decreto 053 del 2012, que modificó el artículo 25 del Decreto-Ley 019 del 2012 (Decreto-Ley Antitrámites). Adicionalmente, declaró inexequible la expresión “y de las actas de asamblea general de accionistas, junta de socios y demás actos de personas jurídicas que deban registrarse ante las Cámaras de Comercio, las cuales deberán ser presentadas personalmente por sus otorgantes ante el secretario de la respectiva cámara”. En este punto, la Sala señaló que el Ejecutivo excedió sus facultades al crear nuevos trámites, irregularidad que subsistió a pesar de la modificación realizada en el Decreto 053. Finalmente, el alto tribunal se declaró inhibido frente al artículo 90 de esta normativa. De esta manera, quedan por fuera del ordenamiento jurídico las normas sobre obligatoriedad de la presentación personal y la autenticación de las actas de asambleas que deban registrarse ante las cámaras de comercio (M.P. Jorge Ignacio Pretelt).
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