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Estas son las recientes instrucciones de la Superfinanciera sobre el cumplimiento de órdenes de embargo (11:00 a.m.)

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24 de Agosto de 2016

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Mediante la Circular Externa 031, la Superintendencia Financiera impartió las siguientes instrucciones con el fin de actualizar algunas disposiciones contenidas en la Circular Básica Jurídica expedida mediante la Circular Externa 029 del 2014, relacionadas con el cumplimiento de órdenes de embargo, atendiendo las disposiciones establecidas al respecto en el Código General de Proceso. Indica que se entiende como un deber de colaboración con la justicia por parte de las entidades vigiladas el cumplimiento inmediato de las órdenes recibidas sobre los bienes y haberes de los clientes, sin que sea posible controvertir u oponerse a su cumplimiento. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 5.1.6 sobre órdenes de embargo respecto de recursos inembargables. En tal virtud, en los eventos en los cuales las entidades reciban órdenes de embargo respecto de tales recursos, deben cumplir el procedimiento señalado en el parágrafo del artículo 594 del Código General del Proceso.

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