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Estas son las características de la oferta mercantil (10:13 a.m.)

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05 de Septiembre de 2016

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La Sala Civil de la Corte Suprema recordó que este acto jurídico unilateral ostenta unas características que la distinguen de tratativas, acuerdos prenegociales, invitaciones a negociar, entre otros, que forman parte de la etapa precontractual; y aún de la propaganda, la publicidad y las promociones dirigidas a personas indeterminadas. Para su eficacia jurídica, explica el alto tribunal, la oferta deberá ser firme, inequívoca, precisa, completa, voluntaria y estar dirigida al destinatario o destinatarios y llegar a su conocimiento. En otras palabras, para que exista oferta se requiere voluntad firme y decidida para celebrar un contrato, lo que la distingue de los simples tratos preliminares en los que esa voluntad está ausente; esa voluntad, agrega, no deberá dejar duda de ninguna índole de que allí se encuentra plasmado un proyecto de contrato, revestido de tal seriedad que no pueda menos que tenerse la certeza de que podrá perfeccionarse como contrato con el lleno de todos los requisitos legales, si ella es aceptada por su destinatario (M. P. Margarita Cabello).

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