Establecimientos de crédito no pueden realizar operaciones de recaudo y traspaso de fondos a favor de terceros (3:00 p.m.)
07 de Julio de 2016
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Nota:
124796
Los establecimientos de crédito solo están facultados para realizar operaciones de recaudo y traspaso de fondos en cuanto las mismas sean complementarias o vinculadas a sus actividades, es decir, mientras estén relacionadas con la ejecución de su objeto social principal, como es el caso del recaudo o la transferencia de recursos que se derive de la realización de aquellos depósitos autorizados como cuentas corrientes o de ahorro, o sea, el producto de sus propias obligaciones crediticias, indicó la Superintendencia Financiera. Así las cosas, teniendo en cuenta el régimen legal especial aplicable a los establecimientos bancarios, no resulta viable realizar operaciones que tengan por objeto el cobro de la cartera de crédito de propiedad de terceros, aunque se trate de otro establecimiento de crédito, sea que tal operación se realice de manera directa o por conducto de corresponsales bancarios.
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