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Establecimientos de comercio no podrán abusar de la solicitud de datos personales

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18 de Agosto de 2020

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Así lo indicó la Superintendencia de Industria y Comercio en una reciente circular de obligatorio cumplimiento para todos aquellos establecimientos de comercio que, con ocasión del estado de emergencia por el covid-19, han recolectado datos personales de los ciudadanos. Estas son algunas de las obligaciones: (i) cumplir con la regulación de tratamiento de datos personales, pues las resoluciones del Ministerio de Salud no suspenden el derecho fundamental a la protección de datos; (ii) informar al ciudadano la norma específica que ordena recolectar los datos y mantener dicha información visible y disponible; (iii) implementar las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los datos, evitando su adulteración, pérdida, consulta o acceso no autorizado o fraudulento e (iv)  informar al ciudadano sobre la política de tratamiento de información (PTI), la cual debe incluir los mecanismos y procedimientos para que las personas ejerzan sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y/o suprimir sus datos; (v) limitar la temporalidad de la información recolectada para dar cumplimiento a los protocolos de bioseguridad, los cuales solo podrán ser almacenados durante el tiempo razonable y necesario para cumplir con estos. Una vez cumplida la finalidad, el responsable del tratamiento de datos personales deberá suprimir de oficio los datos recolectados, entre otros.Noticia generada en Ago. 18/20Información relacionada:SIC imparte instrucciones para que GABO APP sea más segura (Ago. 11/20)

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