Establecen procedimiento para permitirles a beneficiarios del régimen de transición que se trasladaron a fondos privados regresar al ISS y recuperar esa prerrogativa (2:31 p.m.)
07 de Febrero de 2011
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Nota:
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Con el propósito de facilitar el retorno al Instituto de Seguros Sociales (ISS) o a la entidad que haga sus veces de las personas que al 1° de abril de 1994 tenían, al menos, 15 años de cotizaciones al régimen de prima media y se trasladaron al régimen de ahorro individual (fondos privados) y permitirles recuperar el beneficio del régimen de transición en materia pensional, previsto en la Ley 100 de 1993, la Superintendencia Financiera acaba de establecer un procedimiento expedito para la autorización de tales traslados, en los términos de la Sentencia SU-062 del 2010 de la Corte Constitucional. El ISS está obligado a recibir y a tramitar todas las solicitudes y los fondos privados, a informarles a los afiliados el cumplimiento o no de los requisitos y la forma en que, si es del caso, deben proceder para completar el capital necesario, con fin de que el traslado sea efectivo.
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