Esta sería la reforma al pago del periodo de vacaciones que estudiará el Congreso (2:56 p.m)
22 de Junio de 2017
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Nota:
56308
El Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajador durante el periodo de vacaciones recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas. Dicha norma explica el monto de la remuneración que recibe el trabajador durante el periodo de vacaciones, pero guarda silencio con relación al momento en que el empleador debe realizar el pago del valor de las mismas al trabajador. Mientras los servidores públicos, por disposición del Decreto 1045 de 1978, tienen derecho a que les paguen el valor correspondiente a las vacaciones por lo menos cinco días antes de la fecha señalada para iniciar el goce del descanso remunerado, los trabajadores del sector privado no tienen tal derecho y dependen de la libertad de su empleador para recibir el mismo tratamiento que los servidores públicos. Así, un proyecto de ley recientemente presentado en el Congreso busca terminar esta inequidad y establecer de manera expresa la obligación del empleador de pagar el valor correspondiente a las vacaciones con, por lo menos, cinco días de anterioridad al inicio del disfrute de las mismas, puesto que, en palabras del autor de la iniciativa, carece de sentido que el trabajador salga a su periodo de descanso sin tener cómo sufragar sus gastos y los de su familia. Esta iniciativa ha sido respaldada por la Corte Constitucional, en la Sentencia C-019 del 2004. Conozca los detalles de la iniciativa en el documento adjunto a la presente nota.
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