Esta es la propuesta en el Congreso para crear mutuales y regular su funcionamiento (8:42 a.m.)
22 de Mayo de 2017
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Nota:
55496
Las mutuales son personas jurídicas de derecho privado, organizadas en forma asociativa, constituidas libre y democráticamente por la asociación de personas naturales o de jurídicas sin ánimo de lucro que se comprometen a realizar contribuciones a fondos de propiedad mutualista con el objeto de ayudarse entre sí para la satisfacción de sus necesidades. Este tipo de organizaciones se crearían con el propósito de: (i) promover el desarrollo integral del ser humano, mediante el mejoramiento de las condiciones de vida de sus asociados e inmediatos beneficiarios; (ii) contribuir al desarrollo económico, mediante la realización de su objeto social y la participación en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de orden territorial; (iii) contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa; (iv) garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna. El estatuto de cada mutual deberá establecer los procedimientos disciplinarios, las sanciones aplicables a sus miembros y los organismos competentes para ejercer tales funciones. El patrimonio de las mutuales será de carácter irrepartible y estará constituido por el fondo social mutual, los fondos y reservas permanentes y las donaciones o auxilios que se reciban con destino al incremento patrimonial. Conozca el contenido completo de la iniciativa en el documento adjunto a la presenta nota.
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