Es deber del controlante declarar la situación de control o de grupo empresarial y proceder al registro (3:00 p.m.)
29 de Febrero de 2012
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Nota:
79561
Es deber de los controlantes determinar si se dan o no los supuestos para declarar la existencia de una situación de control o de grupo empresarial y proceder al registro. Esta función solo puede suplirla la Superintendencia de Sociedades, en caso de incumplimiento de quien está obligado por ley o cuando existan discrepancias sobre los supuestos que la originan. Sin embargo, el tema requiere una investigación administrativa, en la que se deben evaluar las pruebas obtenidas y proferir la decisión por vía gubernativa.
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