Entidades obligadas a reclasificar aportes en virtud de las NIIF pueden utilizar estrategias comerciales y financieras (4:01 p.m.)
04 de Marzo de 2015
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Nota:
99404
Con el fin de prevenir y anticiparse a los posibles impactos a los que están expuestas aquellas entidades que deben reclasificar parte de los aportes realizados por sus afiliados o asociados del patrimonio al pasivo, en cumplimiento de lo señalado en la NIC 32, la CINIIF 2, el párrafo 22.6 de la NIIF Pymes, es viable y válido que utilicen estrategias comerciales y financieras, entre otras, que la ley y los estatutos les permitan para cumplir los requisitos mínimos de capital que están obligadas a mantener. Así lo precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en una consulta relacionada con la creación de un fondo de amortización de aportes.
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