Entidades financieras pueden implementar sistemas de monitoreo para prevenir el hurto mediante fleteo (10:25 a.m.)
Openx [71](300x120)
77063
02 de Noviembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Las medidas orientadas a prevenir el hurto bajo la modalidad de fleteo, ordenadas por la Carta Circular 93 del 2010, entre ellas la restricción en el uso de teléfonos celulares a los funcionarios y consumidores dentro de las instalaciones de los establecimientos financieros, son enunciativas, es decir, nada obsta para que las entidades decidan implementar sistemas de monitoreo que brinden mayor seguridad tanto en su interior como en el perímetro o área circundante a las mismas.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!