Entidades financieras no pueden desconocer documentos certificados por notarios (11:11 a.m.)
09 de Agosto de 2013
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Nota:
90471
La certificación de documentos o acontecimientos hecha por los notarios, de los cuales se presume su veracidad, vincula jurídicamente a quienes se hallan dentro de su ámbito de acción. Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia, sustentando esta afirmación en la naturaleza de servicio público de la actividad notarial, su ejercicio como función pública y el régimen jurídico de la misma. En el caso concreto, el alto tribunal concluyó que a una entidad financiera no le es admisible desconocer los instrumentos públicos que dan cuenta de la calidad de adjudicatarios de unos certificados de depósito a término fijo, mucho menos cuando los efectos de esos actos notariales se mantenían vigentes (M.P. Ruth Marina Díaz Rueda).
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