Entidades financieras deben consultar a usuarios redenominación de créditos hipotecarios (12:06 p.m.)
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24 de Septiembre de 2013
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La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró el deber de las entidades financieras de contar con el consentimiento de los deudores para modificar las condiciones de los créditos hipotecarios otorgados. Según la corporación, ese deber busca proteger el debido proceso, la dignidad humana y los principios de buena fe, confianza legítima y respeto del acto propio. Por el contrario, si la entidad modifica unilateralmente esos parámetros abusa de su posición dominante, indicó. En todo caso, la acción de tutela es el medio adecuado para proteger los derechos de los afectados por esos cambios, advirtió el alto tribunal (C. P. Gustavo Gómez).
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