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Entidades financieras asociadas para desarrollar operaciones de ‘factoring’ no están exentas de la vigilancia estatal (9:41 a.m.)

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29 de Noviembre de 2012

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No es posible afirmar que las sociedades, inclusive las conformadas por entidades financieras, que desarrollen dentro de su objeto la actividad de factoring estén exentas de vigilancia estatal, al no incurrir en ninguna de las causales de sometimiento, pues la operación puede ser realizada propiamente por instituciones o entidades financieras que por la índole de su actividad son controladas y vigiladas por la Superintendencia Financiera. Distinto es que estas entidades con precedente autorización se asocien entre sí y/o con terceros para constituir una sociedad. En este caso, no estarán vigiladas por un ente estatal ni supeditadas a las disposiciones generales sobre vigilancia y control de sociedades comerciales y de emisión y oferta de valores sino cuando se presenten los supuestos previstos.

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