En fusión de sociedades extranjeras, sucursal de la absorbida se extingue sin necesidad de proceso de liquidación (4:20 p.m.)
06 de Octubre de 2017
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Nota:
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El resultado de la fusión de dos sociedades extranjeras con sucursal en Colombia es que la sucursal de la absorbida se extingue sin necesidad de cumplir proceso de liquidación, pues como efecto de formalización de la operación la absorbente adquiere los bienes y derechos de las sociedades absorbidas que desaparecen y se hace cargo de pagar el pasivo interno y externo de la sociedad absorbida. Por lo tanto, precisó la Superintendencia de Sociedades, formalizada la fusión solo permanece y se mantiene en el país la sucursal de la sociedad absorbente. Corresponde a esta última cancelar el registro de la inversión extranjera perteneciente a la absorbida, en los términos de la Circular DCIN83 y sus modificaciones.
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