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Actualizado hace 47 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Emisor reglamenta el otorgamiento de préstamos en moneda extranjera por parte de no residentes (4:50 p.m.)

31 de Octubre de 2011

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Nota:
76563
Mediante la Circular Externa DCIN-83 del pasado viernes 28 de octubre, el Banco de la República reglamentó el otorgamiento de préstamos en moneda extranjera a residentes en el país por parte de no residentes sin calificación previa, en los términos de la Resolución 5 del mismo día. Cabe recordar que el artículo 10 de la Resolución 8 del 2000 (Régimen de Cambios Internacionales), relacionado con la canalización de los pagos para cancelar importaciones, permite que estas las financie el proveedor de la mercancía, los intermediarios del mercado cambiario (IMC) y las entidades financieras del exterior. La Resolución 5 sustituyó estas últimas por “otros no residentes”. Así mismo, las exportaciones se podrán financiar bajo la modalidad de pagos anticipados provenientes del comprador del exterior o mediante préstamos en moneda extranjera concedidos por los IMC o por no residentes, señala el nuevo régimen cambiario.

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