Emisor aprueba nuevas reformas al Manual de Cambios Internacionales (5:02 p.m.)
01 de Septiembre de 2010
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Nota:
68317
Mediante la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 de ayer martes, el Banco de la República modificó y adicionó la circular del mismo nombre, que compila el Manual de Cambios Internacionales. La nueva disposición, de 64 páginas, se refiere, entre otras materias, al reporte de información periódica por parte de los intermediarios del mercado cambiario (IMC) sobre la constitución y movimiento de los depósitos en moneda extranjera de los residentes y no residentes y en moneda colombiana de los no residentes, los procedimientos relacionados con los avales y garantías emitidos por los IMC pagaderos en divisas y la financiación de importaciones. Sobre este último tema, la reforma ordena la publicación, en la web del emisor, del listado de entidades financieras del exterior con las que se podrán financiar las importaciones de bienes y reitera que las importaciones financiadas a más de seis meses, contados a partir de la fecha del documento de transporte, por valor igual o superior a US $ 10.000 o su equivalente en otras monedas, constituyen una operación de endeudamiento externo y deben informarse al Banco de la República por conducto de los IMC. La norma anterior establecía que dicha fecha era la certificada por el transportador y reportada al sistema electrónico informático de la DIAN.
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