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El SOAT no tiene un término legal máximo de vigencia (9:00 a.m.)

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11 de Noviembre de 2011

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El legislador no estableció un término máximo de vigencia del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), pero sí previó, como regla general, la expedición anual como límite mínimo, señalando taxativamente algunas excepciones, como es el caso de los vehículos antiguos o clásicos, cuya vigencia no puede ser menor de un trimestre, indicó la Superintendencia Financiera. Así mismo, precisó que le corresponde fijar las tarifas máximas anuales que pueden cobrar las entidades aseguradoras, incluso en aquellos casos en que la vigencia tenga un periodicidad diferente.

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