El consumidor tiene derecho a recibir información sobre el avance de los servicios contratados
31 de Octubre de 2023
La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió una demanda relacionada con la compra de una moto donde se le indicó al consumidor que la entrega del bien se realizaría dos meses después. Sin embargo, transcurrido dicho término y al no recibir ninguna comunicación por parte de la accionada, aquel llamó y le informaron que el asesor que lo atendió se retiró en ‘malos términos’, por lo que debía esperar una nueva programación para la entrega.
La entidad recordó que la efectividad de la garantía no solo se suscribe a la calidad del objeto vendido o del servicio prestado, sino también al cumplimiento de los términos y condiciones pactados desde el momento mismo en que se realizó el contrato, dentro de los cuales está la oportunidad en la prestación efectiva del servicio.
Así mismo, indicó, el cliente debe recibir información relacionada con el avance de los servicios contratados, pues el incumplimiento de las obligaciones pactadas constituye una vulneración a sus intereses legítimos, en la medida en que no ve colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales efectuó la compra.
Considerando que no hubo contestación de fondo frente a la reclamación previa en sede de empresa elevada por el consumidor y, por ende, no se ofrecieron alternativas de
solución viables, pese de haber recibido el dinero pagado por la parte actora, no cabe duda respecto del incumplimiento por parte de la pasiva respecto del servicio cuestionado, por lo que se le ordenó reintegrar las sumas recibidas en su totalidad.
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