Ejecución de título valor suscrito por entidad estatal compete a la jurisdicción ordinaria (12:30 p.m.)
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20 de Diciembre de 2012
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El Consejo Superior de la Judicatura rectificó parcialmente su criterio jurisprudencial y acogió la tesis de la Sección Tercera del Consejo de Estado que le asigna conocimiento de las demandas ejecutivas contra entidades públicas a los jueces civiles, entendiendo que los jueces administrativos tienen competencia para conocer acciones ejecutivas derivadas de títulos valores, siempre que su fuente sea un contrato estatal y que no hayan sido puestos en circulación, de manera que conserven la relación causal con el contrato. La decisión se refiere a un proceso ejecutivo contra el municipio de Dagua (Valle del Cauca), relacionado con el pago de unas obligaciones adquiridas que constan en facturas de venta (M. P. Henry Villarraga Oliveros).
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