12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 51 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil

Mercantil


Embargo sobre una marca no impide celebrar contratos de licencias de uso

01 de Octubre de 2013

Reproducir
Nota:
23042

El titular o terceros licenciatarios pueden usar una marca sobre la cual recae una medida de embargo, pues el contrato de licencia de uso no implica la transferencia o disposición de aquella, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

Según la entidad, las características y obligaciones de esta clase de contratos no encuadran en la prohibición de enajenación que establece el artículo 1521 del Código Civil respecto de los bienes embargados.

 

La licencia de marca es un contrato oneroso que supone el intercambio de prestaciones entre el comerciante y el licenciatario. No obstante, existen contratos gratuitos, como cuando se trata de una licencia a favor de una sociedad del mismo grupo, recordó la entidad.

 

La elección del licenciatario se relaciona con su estructura empresarial y la capacidad de fabricar y distribuir en el mercado los productos diferenciados por la marca licenciada, pues para el licenciante es importante conservar el nivel de calidad de los productos portadores de la marca, añadió.

 

(Superintendencia de Industria y Comercio, Concepto 13149982, jul. 30/13)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)