Mercantil
Capital asignado a sucursales de bancos y compañías de seguros extranjeras debe convertirse a moneda nacional
02 de Octubre de 2013
De acuerdo con las normas que rigen la inversión de capital del exterior y el régimen de cambios internacionales, el capital asignado a las sucursales de bancos y compañías de seguros extranjeras deberá ser efectivamente incorporado en el país y convertido a moneda nacional, indicó la Superintendencia Financiera.
Lo anterior debido a que esas entidades gozan de los mismos derechos y obligaciones que los bancos y compañías de seguros nacionales y, en esa medida, les son aplicables las disposiciones relativas al régimen patrimonial.
Vale la pena mencionar que la permanencia del capital asignado en el territorio nacional, así como las inversiones admisibles, están siendo objeto de reglamentación por parte del Gobierno.
(Superintendencia Financiera, Concepto 2013068964, sep. 2/13)
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