Distribución de bienes de la sociedad no previstos en la liquidación se realiza a través de la adjudicación adicional (2:41 p.m.)
19 de Septiembre de 2014
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Nota:
63366
Si en el inventario de una sociedad comercial liquidada no se incluyeron todos los activos de su propiedad, ya sea porque no se sabía de su existencia, no fueron adjudicados o porque son resultado de un fallo judicial, es necesario proceder a la adjudicación adicional, dependiendo de la liquidación de que se trate, recordó la Superintendencia de Sociedades. En este caso, el trámite adicional con el fin de distribuir el bien se debe realizar a partir de la cuenta final inscrita en el registro mercantil.
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