13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 31 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Discrepancias respecto al plazo o al precio de cuotas sociales deben ser resueltas por peritos (4:54 p.m.)

23 de Agosto de 2010

Reproducir
Nota:
68008
De acuerdo con lo previsto en el artículo 346 del Código de Comercio, si los socios interesados en adquirir cuotas discrepan respecto del plazo o precio, se designarán peritos para que fijen uno u otro. En este caso, si existe acuerdo entre las partes en el perito o en la forma de su designación, pueden optar por acudir a la lista de la cámara de comercio y escoger a la persona que, por razón de sus conocimientos, puede ayudar a dirimir el conflicto, pero si existe desacuerdo, será la autoridad la encargada de designarlo, a través del trámite judicial previsto en el artículo 136 de la Ley 446 de 1998. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en concepto de junio.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)