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Dineros recaudados por concepto de tasa por las cámaras de comercio solo pueden destinarse a la recuperación de los costos que demanda la función registral (11:25 a.m.)

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28 de Diciembre de 2011

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Las cámaras de comercio carecen de facultad para crear sociedades de economía mixta, cualquiera que sea su objeto o finalidad, y no les está permitido invertir los recursos de origen público que recaudan por concepto de tasa en nada diferente de la recuperación de los costos que demanda la función registral. Por esta razón, no pueden invertir en la construcción de centros de convenciones, señaló el Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La Sala de Consulta y Servicio Civil explicó que los recursos que recaudan dichas entidades son dineros fiscales con destinación específica (C. P. Augusto Hernández Becerra).

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