Dian precisa forma de valorar activos para determinar base gravable del impuesto a la riqueza (10:51 a. m.)
25 de Mayo de 2015
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Nota:
101297
A través de un reciente oficio, la Dian recordó que el artículo 4° de la Ley 1739 del 2014 (reciente reforma tributaria) dispuso que la base gravable del impuesto a la riqueza es el patrimonio bruto que se determina conforme con lo previsto en el Título II del Libro I del Estatuto Tributario, artículos 261 y siguientes. Igualmente, manifestó que ya se ha pronunciado sobre el tema mediante el Oficio 1087 del 2015 y el Concepto 5826 del 2015. En cuanto a la forma de expedir los certificados por las correspondientes empresas en donde se tengan inversiones o los bancos, la autoridad aduanera dice que no existe norma que disponga una forma en particular o formato para el desarrollo de dicho deber; no obstante, dichas entidades tienen la obligación de expedir los certificados de acuerdo con la misma normativa con que expiden certificación para efectos de renta y complementarios (artículo 40 del Decreto 2623 del 2014).
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