Destino de la propina debe informársele al consumidor (5:06 p.m.)
24 de Enero de 2012
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Nota:
78568
A partir de la fecha, los propietarios y administradores de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas (restaurantes, bares, discotecas, cafeterías, etc.) en los que se sugiera el pago de propina deberán informarles a los consumidores que esta es voluntaria, que tienen derecho a no pagarla o a modificar su cuantía y señalarles el destino de la misma, mediante avisos fijados a la entrada del establecimiento, con tamaño y ubicación adecuado, y en las cartas y listas de precios, acaba de establecer la Superintendencia de Industria y Comercio. Según la Circular Externa 2 del 2012, las cartas y listas de precios deberán incluir el siguiente texto: Advertencia propina: se informa a los consumidores que este establecimiento de comercio sugiere a sus consumidores una propina correspondiente al XX % (indicar el porcentaje que se sugiere) del valor de la cuenta, que podrá ser aceptado, rechazado o modificado por usted, de acuerdo con su valoración del servicio prestado (…) En este establecimiento de comercio, los dineros recogidos por concepto de propina se destinan a (indicar si se reparte el 100 % entre los trabajadores del área de servicios o si algún porcentaje o la totalidad de ese dinero se destina a otros usos diferentes, y en caso de que así sea, indicar su destino)…”
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