Despejan dudas sobre presencia de errores aritméticos como causal de anulación del laudo arbitral (4:19 p.m)
14 de Agosto de 2017
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Nota:
56882
En relación a la presencia de errores aritméticos como causal de anulación de un laudo arbitral, un fallo reciente de la Sección Tercera del Consejo de Estado precisa que en virtud de la Ley 1563 del 2012 se dispuso que podían tratarse de errores en la parte motiva, pero condicionó a que influyeran en la parte resolutiva. De otra parte, agrega el fallo, el legislador exigió el cumplimiento del requisito de procedencia en este evento, consistente en que se hubiere alegado en la oportunidad debida el error o la contradicción, esto es, en el término previsto para la petición de aclaración, corrección o complementación del laudo proferido (C. P. Guillermo Sánchez Luque).
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